lunes, 9 de febrero de 2009

POSTURA DEL FPDT ANTE EL INICIO DE LA DISCUSION EN LA SCJN

FRENTE DE PUEBLOS EN DEFENSA DE LA TIERRA

BOLETÍN DE PRENSA

México, Distrito Federal, 9 de febrero de 2009.

Postura preliminar del debate que se desarrolla en la Suprema Corte sobre los hechos del 3 y 4 de mayo del 2006.

· Las violaciones a los derechos humanos en Atenco y Texcoco fueron producto de una estrategia de Estado y no de la omisión de los policías.

· Al declarar que la investigación es suficiente y limitar la temporalidad sólo ratifica los limites que la Corte se puso a sí misma, por lo que el inicio del debate permite la reconsideración de estas reglas.

· Se debe de señalar a las autoridades involucradas en dichas violaciones y determinar los órganos y autoridades competentes para actuar en consecuencia, por lo que sólo apegarse a definir los protocolos del uso de la fuerza estarían minimizando las responsabilidades de Enrique Peña Nieto, Eduardo Medina Mora y Miguel Ángel Yunes.

Una vez iniciada la discusión del pleno de la Suprema Corte de Justicia donde el Ministro José de Jesús Gudiño Pelayo presenta en el pleno las conclusiones elaboradas en su dictamen sobre los hechos del 3 y 4 de mayo en Texcoco y San Salvador Atenco, el Frente de Pueblos manifiesta que éstos hechos representaron graves violaciones a las garantías individuales y a los derechos humanos, y que estás - contrario a lo expresado en el dictamen de referencia- son el resultado de una acción concertada entre los tres niveles de gobierno, encabezadas por Enrique Peña Nieto, Eduardo Medina Mora y Miguel Ángel Yunes, integrantes del gabinete de Seguridad Nacional de Vicente Fox, mediante la reunión realizada la noche del 3 de mayo -como se precisa en la investigación, por lo tanto éstas violaciones no son producto de la incapacidad de los elementos de las corporaciones policiacas ni muchos menos corresponde a una omisión de los altos funcionarios, sino más bien de una estrategia premeditada y dolosa del Estado.

Ante la determinación del pleno de la Suprema Corte sobre la suficiencia de la investigación y los límites de la temporalidad que recoge el dictamen del ministro ponente, el FPDT considera que si bien los datos recabados por la Comisión de Investigación son abundantes, consideramos al igual que el Ministro Genaro Góngora Pimentel hacen falta otros elementos de prueba que permitirían acercarnos a la verdad histórica de los hechos y determinar la magnitud de las violaciones de las garantías individuales; esto porque en el dictamen se le dan el valor de prueba a algunos datos recabados por la citada Comisión y se determina como en el caso de los homicidios de Alexis Benhumea y Javier Cortés que éstos no fueron asesinados por elementos de las fuerzas de seguridad, sino por otros participantes en los hechos; además, se dice que no se demuestra que una bomba de gas lacrimógeno fue la causa de la muerte de Alexis Benhumea, lo que nos parece contradictorio ya que en las reglas aprobadas posteriormente por la SCJN limita los alcances de la resolución y establece que no se determinarán responsables de los hechos. Sin embargo, con estas manifestaciones se contradice porque se exonera a los responsables materiales de los homicidios y se aminora la responsabilidad de los ordenadores de la represión. Por eso estamos de acuerdo con la postura del Ministro Góngora de que toda la investigación debió haberse llevado a cabo bajo la directriz del principio de presunción de inocencia, ya que éste es un derecho de las personas y no del Estado.

Si bien la Corte determinó que la investigación de los hechos correspondía a los días 3 y 4 de mayo del 2006, nosotros valoramos al igual que el Ministro José Ramón Cossio Díaz que no sólo se tratan de hechos consumados sino de una cadena causal de la cual las violaciones cometidas no se terminaron en esos días, sino que prevalecen hasta este momento, por lo que las responsabilidades de Enrique Peña Nieto, Eduardo Medina Mora y Miguel Ángel Yunes se reeditan de forma permanente y continúa por el encarcelamiento y sentencia de más de 31 años impuesta a nuestros 10 compañeros presos en el penal del Molino de Flores en Texcoco, de 67 años y medio a Felipe Álvarez y Héctor Galindo, así como de 112 años y medio de prisión a Ignacio Del Valle Medina, recluidos en el Penal del Altiplano en Almoloya de Juárez.

Nosotros consideramos que las facultades establecidas en la Constitución son un marco jurídico de actuación de la Suprema Corte para proteger los bienes jurídicos tutelados en la Carta Magna, por lo que hacer una interpretación que los limite al establecer reglas que impidan rebasar esas facultades no favorecen al derecho a la justicia que nuestro pueblo mexicano viene demandando por décadas y que al inicio del debate en el pleno se abre una oportunidad para que la propia Corte enmiende sus reglamentos que no son superiores a la Constitución, a los tratados internacionales de derechos humanos, ni a las leyes federales por no ser legisladores sino aplicadores de la legalidad.

Una vez que la Corte decretó un receso para reanudar la sesión en la tarde del día de hoy, nosotros como agraviados y promoventes de la facultad de atracción establecida en el artículo 97 Constitucional, demandamos se nos permita el acceso a la sesión, además, les decimos a los ministros que nuestros pueblos claman por justicia y libertad y que ellos tienen una deuda histórica con el pueblo mexicano por lo que de resolver en forma apresurada, sin un debate serio y apegado a justicia llevará a que la Corte determine su papel como un órgano sancionador de la impunidad –como sucedió con el Gobernador Mario Marín- que protege a los gobernantes violadores de los más elementales derechos humanos.

La Corte debe de apegarse a la regla 24 que se desprende del artículo 97 párrafo segundo constitucional, emitida en el acuerdo 16/2007 donde establece que se debe de señalar a las autoridades involucradas en dichas violaciones y determinar los órganos y autoridades competentes para actuar en consecuencia, por lo que sólo apegarse a definir los protocolos del uso de la fuerza estarían minimizando las responsabilidades de Enrique Peña Nieto, Eduardo Medina Mora y Miguel Ángel Yunes, brindándoles una carta de impunidad que mandaría el mensaje de la sumisión del Poder Judicial de la Federación a los otros poderes y al status quo.

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